Ayudas
Para la Modernización de las
PYMES Comerciales Andaluzas. |
Plazo
de Vigencia : Del 1 al 31 de enero de
cada año.
Dirigido a : Empresas de hasta 5 trabajadores.
Orden
y Solicitudes:
Enlace
directo a la
página de la Junta de Andalucia (Oficina
Virtual)
FECOMA Informa: Debido a que el plazo de
vigencia para las solicitudes de estas ayudas es de un Mes,
recomendamos que los asociados que estén interesados
en realizar alguna actuación subvencionable, pueden a
partir de primeros de Octubre ponerse en contacto con el departamento
de subvenciones y entregar la documentación básica
que se exige, que a continuación se detalla:
Personas Jurídicas.
Escritura
de Constitución con
sus respectivos estatutos, debidamente inscritos
en el Registro Mercantil. (APORTAR ORIGINALES)
CIF de la empresa.
DNI y escritura de poder del Representante. (APORTAR
ORIGINALES)
Acreditación de la representación .
Memoria descriptiva incluyendo
calendario orientativo de ejecución de las inversiones
y presupuesto de la actuación.
Documentación acreditativa de estar dado
de alta en el IAE.
Documentación acreditativa del número de trabajadores
de la empresa, incluidos autónomos (documentos
TC1)
Personas
Físicas.
Copia autenticada del DNI del solicitante. En
el supuesto de representación deberá acompañarse
el DNI del Representante y acreditarse dicha representación.
Memoria descriptiva incluyendo
calendario orientativo de ejecución de las inversiones
y presupuesto de la actuación.
Documentación acreditativa de estar dado
de alta en el IAE.
Documentación acreditativa del número
de trabajadores de la empresa, incluidos autónomos (documentos
TC1)
IMPORTANTE:
Para las ayudas a PYMES Comerciales
Andaluzas, la Junta de Andalucía ha establecido el requisito
previo de que el comercio en cuestión está inscrito
en el Registro de Entidades comerciales de Andalucía.
Estas inscripciones son tramitadas también desde FECOMA.
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