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Ayudas
 
Ayudas Para la Modernización de las
    PYMES Comerciales Andaluzas.

Plazo de Vigencia : Del 1 al 31 de enero de cada año.

Dirigido a : Empresas de hasta 5 trabajadores.

Orden y Solicitudes:
Enlace directo a la página de la Junta de Andalucia (Oficina Virtual)

FECOMA Informa: Debido a que el plazo de vigencia para las solicitudes de estas ayudas es de un Mes, recomendamos que los asociados que estén interesados en realizar alguna actuación subvencionable, pueden a partir de primeros de Octubre ponerse en contacto con el departamento de subvenciones y entregar la documentación básica que se exige, que a continuación se detalla:

Personas Jurídicas.

Escritura de Constitución con sus respectivos estatutos, debidamente inscritos en el Registro Mercantil. (APORTAR ORIGINALES)

CIF de la empresa.

DNI y escritura de poder del Representante. (APORTAR ORIGINALES)

Acreditación de la representación .

Memoria descriptiva incluyendo calendario orientativo de ejecución de las inversiones y presupuesto de la actuación.

Documentación acreditativa de estar dado de alta en el IAE.

Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa, incluidos autónomos (documentos TC1)

Personas Físicas.

Copia autenticada del DNI del solicitante. En el supuesto de representación deberá acompañarse el DNI del Representante y acreditarse dicha representación.

Memoria descriptiva incluyendo calendario orientativo de ejecución de las inversiones y presupuesto de la actuación.

Documentación acreditativa de estar dado de alta en el IAE.

Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa, incluidos autónomos (documentos TC1)

IMPORTANTE:
Para las ayudas a PYMES Comerciales Andaluzas, la Junta de Andalucía ha establecido el requisito previo de que el comercio en cuestión está inscrito en el Registro de Entidades comerciales de Andalucía. Estas inscripciones son tramitadas también desde FECOMA.


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